Un cambio histórico: El debut de la Boleta Única de Papel (BUP) en comicios nacionales
El 26 de octubre de 2025 marcará un hito en la historia electoral de Argentina con la implementación de la Boleta Única de Papel (BUP) a nivel nacional, en reemplazo del tradicional sistema de boletas partidarias. Millones de ciudadanos deberán elegir a Diputados Nacionales en todo el país y, en las provincias de Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, también a Senadores Nacionales, renovando un total de 127 bancas en Diputados y 24 en el Senado.
La BUP concentra en una sola hoja la totalidad de opciones electorales. Las candidaturas y partidos se presentan en columnas y cada categoría a elegir figura en una fila, lo que brinda una visualización completa y elimina el riesgo de faltante de boletas.
El proceso de votación con la BUP
El procedimiento es simple:
- El presidente de mesa entrega al votante la Boleta Única de Papel junto con un bolígrafo.
- En el cuarto oscuro, el elector debe marcar de forma clara una única opción de preferencia en el recuadro correspondiente a cada categoría (una marca para Diputados, otra para Senadores, si corresponde) utilizando la lapicera provista.
- La boleta debe ser plegada según las instrucciones (asegurando el secreto del voto) y luego depositada en la urna.
Es importante recordar que ya no es posible elegir una lista completa con una sola marca: el elector debe seleccionar una candidatura por cada categoría de cargo.
Los tipos de voto con la Boleta Única de Papel
El sistema con BUP contempla la clasificación tradicional de votos: afirmativos (válidos), en blanco, nulos e impugnados.
1. Voto Afirmativo (Válido)
Se considera afirmativo cuando el elector marca una única opción dentro del recuadro de la categoría correspondiente.
- Criterio de validez: La validez depende de que solo una casilla por categoría esté marcada. Por ejemplo, en distritos donde se eligen ambas cámaras, debe haber solo una marca para Diputados y solo una para Senadores.
- Marca válida: Cualquier marca que distinga de modo inequívoco la preferencia del votante (una cruz, un tilde, otra señal clara), siempre que se haga con la lapicera provista y sobre la boleta oficializada. Es una manifestación positiva y expresa de la voluntad hacia una propuesta electoral.
2. Voto en Blanco
En la BUP no existe un casillero específico para el voto en blanco. Este se produce cuando el elector no realiza marca alguna en la categoría correspondiente.
- Diferenciación por categoría: La BUP permite el voto en blanco para una categoría sin anular las otras selecciones. Por ejemplo, si se marca una opción para Senadores pero no para Diputados, el voto para Senadores es afirmativo y el de Diputados se considera en blanco.
- Impacto: El voto en blanco es un voto válido y se computa oficialmente para esa categoría, aunque no beneficia ni perjudica a ninguna lista particular.
3. Voto Nulo
El voto es declarado nulo cuando no se pueden establecer válidamente las preferencias del elector según la normativa.
- Causales de nulidad (las más comunes):
- Efectuar más de una marca en una misma categoría (seleccionar dos o más listas).
- Utilizar una boleta no oficializada.
- Insertar elementos, manchas o inscripciones que permitan identificar la autoría del votante.
- Que la marca realizada no resulte clara o la boleta esté dañada de forma tal que impida determinar la opción preferida.
- Usar lápices u otros elementos no permitidos para marcar.
- Impacto: Los votos nulos directamente no se cuentan en el cómputo final de votos.
4. Voto Recurrido
Es el voto cuya validez o nulidad es cuestionada por las autoridades de mesa o los/as fiscales.
- Procedimiento: El fiscal debe fundar su pedido con expresión concreta de las causas, que se asientan sumariamente en un volante especial. Los sobres con estos votos no son abiertos ni escrutados en la mesa, sino que se envían cerrados a la Justicia Nacional Electoral.
- Impacto: Depende de la decisión de la Justicia Nacional Electoral, que determinará su validez o nulidad para luego ubicarlos en la categoría correspondiente (afirmativo, blanco o nulo).
¿Qué pasa si me equivoco al votar?
La Cámara Nacional Electoral (CNE) establece un procedimiento para corregir un error:
- El votante debe doblar la BUP y dársela al presidente de mesa, indicando el error.
- La autoridad de mesa ubicará la boleta errónea en un sobre de boleta reemplazada, completando la información requerida.
- A continuación, se le entregará al elector una nueva BUP, firmada, para que regrese a la cabina y repita el proceso de votación.
- El sobre con la BUP reemplazada es enviado a la Justicia Nacional Electoral al final de la jornada.
Documentación y elementos a llevar
- Lapicera: Los votantes no deben llevar su propio bolígrafo o lapicera. La misma será provista por las autoridades de mesa junto con la Boleta Única de Papel.
- Documentos válidos para votar: Es obligatorio presentar un documento físico válido que acredite la identidad. Los aceptados son:
- Libreta de enrolamiento
- Libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- DNI tarjeta
El documento presentado debe ser el que figura en el padrón o una versión emitida con posterioridad (los ejemplares con letras se consideran posteriores a los numerados). Es indispensable presentar el documento físico original.