Subsidios energéticos: Así funciona el nuevo sistema de subsidios de luz y gas

Picture of Microfono Abierto
Microfono Abierto

A través del decreto 943/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional puso en marcha el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Esta normativa unifica los beneficios energéticos bajo jurisdicción federal y redefine de manera integral los parámetros de acceso, así como la metodología de administración para las familias en situación de vulnerabilidad que cuentan con asistencia estatal en sus facturas de electricidad y gas.

Con la entrada en vigencia de este marco legal, queda desactivado el modelo previo de segmentación basado en tres niveles de ingresos (conocidos como N1, N2 y N3). En su lugar, se unifica a la totalidad de los beneficiarios en una categoría única de usuarios residenciales con necesidad de asistencia. Los requisitos específicos de inclusión y exclusión, junto con las escalas de bonificación, han quedado establecidos en los anexos técnicos que acompañan la medida.

De acuerdo con el articulado del decreto, podrán acceder a los beneficios aquellos hogares que se encuentren registrados en el antiguo RASE o que realicen su inscripción en el nuevo Registro de Subsidios a la Energía Focalizados (ReSEF). El criterio de ingresos establece que el grupo familiar no debe superar, de manera conjunta, entradas netas equivalentes a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un «Hogar 2», según las mediciones del Indec.

Es importante señalar que el ReSEF actuará como el sucesor legal del RASE. Para aquellos usuarios que ya figuran en el registro anterior, no será obligatorio realizar una nueva inscripción, dado que el sistema ejecutará una migración automática de datos. No obstante, los titulares podrán actualizar su información personal mediante la plataforma Mi Argentina y gestionar revisiones a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD).

En términos de estructura, el nuevo esquema simplifica el panorama prestacional al absorber programas previos como el Programa Hogar y la Tarifa Social de Gas. A partir de este ejercicio, el mercado residencial se dividirá únicamente en dos grandes grupos: aquellos hogares que reciben el auxilio estatal y quienes abonan el costo pleno del servicio.

Respecto a la energía eléctrica, se han definido bloques de consumo base sujetos a subsidio. Se estableció un límite de 300 kWh para los periodos de mayor demanda estacional (enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre) y de 150 kWh para los meses restantes. Dentro de estos topes, la bonificación básica alcanzará el 50% del costo de la energía.

En el caso del gas natural, se mantienen los volúmenes de consumo definidos en resoluciones anteriores, con la novedad de que estos parámetros se aplicarán ahora también al gas propano indiluido por redes. Cualquier consumo que exceda los límites máximos establecidos por región y estacionalidad se facturará a valor pleno, sin descuento alguno.

Para quienes dependen de garrafas y gas propano, el beneficio se canalizará mediante transferencias directas a través de billeteras virtuales (como Mercado Pago). El monto otorgado equivaldrá al costo de media garrafa mensual durante todo el ciclo anual, previendo un refuerzo adicional durante la temporada invernal.

La implementación de este régimen se realizará de forma transitoria y gradual. Durante el mes corriente, los usuarios contarán con una bonificación extraordinaria del 25%, lo que llevará la cobertura total al 75% en electricidad y al 25% en gas. Este beneficio adicional se irá reduciendo mes a mes hasta su completa eliminación al finalizar el año, con el objetivo de evitar incrementos bruscos en los montos finales de las facturas. En cuanto a las referencias de costos, el precio mayorista eléctrico se alineará con el valor monómico de generación (estimado en USD 75 por MWh), mientras que el gas se fijó en un precio plano de USD 3,80 por millón de BTU.

El alcance de las bonificaciones también incluirá a instituciones de la sociedad civil, tales como entidades de bien público y clubes de barrio o de pueblo.

En relación a la Tarifa Social Federal de Gas, el decreto estipula que los descuentos se aplicarán exclusivamente sobre el precio promedio anual establecido por el Plan Gas.Ar. No se aplicarán bonificaciones sobre el costo de abastecimiento proveniente de gas natural regasificado o contratos que excedan dicho marco. La Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía, oficiará como autoridad de aplicación, quedando facultada para ajustar volúmenes máximos, depurar las bases de datos, emitir normativas complementarias y articular con otros organismos la puesta en marcha efectiva del sistema.

Finalmente, para el universo de usuarios de gas licuado de petróleo (GLP) en garrafas, la Secretaría de Energía tiene la potestad de diseñar esquemas de reembolso o descuento mediante entidades bancarias o plataformas digitales, reservándose la facultad de determinar la modalidad de cobro del beneficio.

Destacados