El máximo tribunal concluyó que no se cumplen los requisitos excepcionales para intervenir en la causa de forma directa. No obstante, fuentes judiciales recordaron que la reforma permanece plenamente vigente tras un fallo previo de la Cámara de Apelaciones.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de per saltum interpuesto por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se buscaba que el tribunal interviniera de manera directa en la revisión de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, omitiendo el paso por las instancias previas de apelación.
Con la rúbrica de los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, la Corte determinó que no se configuran las condiciones exigidas por el Código Procesal Civil y Comercial para habilitar esta vía extraordinaria. El artículo 257 de dicha norma establece que la omisión de instancias intermedias solo es procedente en causas de competencia federal donde se acredite una «notoria gravedad institucional», requisito que el tribunal consideró no alcanzado en esta presentación.
Pese al rechazo formal, fuentes del ámbito judicial señalaron que el pedido del Gobierno resultaba, en los hechos, «inoficioso». Esto se debe a que, al momento del tratamiento, la reforma laboral ya se encuentra en vigencia plena tras haber sido restituida por un fallo de segunda instancia.
El origen del conflicto procesal
La Procuración del Tesoro de la Nación había acudido a la Corte el pasado 16 de abril. El objetivo era revertir un fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 que, el 30 de marzo, había declarado la inconstitucionalidad de 83 artículos de la ley y suspendido su aplicación. Sin embargo, ese escenario cambió cuando la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar de primera instancia, devolviéndole la validez a la normativa.
En su planteo, los abogados del Estado —en representación de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano— pretendían que la Corte declarara admisible el recurso extraordinario y dictara una resolución definitiva sobre el fondo de la cuestión. Asimismo, la Procuración cuestionó la competencia del juez de primera instancia y sostuvo que la acción iniciada carecía de un «caso judicial» concreto y de legitimación activa colectiva.
La postura de la CGT
La controversia judicial se originó a partir de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT), que solicitó la inconstitucionalidad y la suspensión cautelar de los puntos centrales de la Ley 27.802.
La central obrera argumentó que la reforma altera profundamente el régimen laboral y vulnera principios constitucionales fundamentales, tales como la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el derecho de acceso a la Justicia. En su momento, el juez Raúl Horacio Ojeda había hecho lugar a esta postura, suspendiendo los artículos impugnados con alcance general, decisión que finalmente fue revertida por la Cámara y que la Corte ahora decidió no revisar de manera prematura.