Revés judicial: Advierten inconstitucionalidad en la reforma laboral

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La reforma laboral aprobada recientemente por el Congreso sumó su primer traspié en la justicia luego de que un magistrado de Córdoba declarara la inconstitucionalidad de una de sus disposiciones centrales. El fallo, firmado por el juez Ricardo Gileta el pasado 10 de marzo, cuestiona específicamente el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral, el cual establece los criterios para actualizar los créditos en juicios que ya se encontraban en trámite al momento de entrar en vigencia la nueva normativa.

El punto de conflicto radica en que el artículo 55 regula la forma en que las empresas deben recalcular las deudas con sus trabajadores en litigios iniciados antes de la sanción de la reforma. El mecanismo prevé el uso de la tasa pasiva del Banco Central frente a la inflación, imponiendo un tope de inflación más un 3% anual. Según diversos especialistas, la aplicación de este sistema podría derivar en una reducción de entre el 20% y el 60% en los montos finales que perciben los empleados, en comparación con los criterios que los tribunales aplicaban anteriormente.

En sus fundamentos, el juez Gileta sostuvo que imponer este esquema a causas ya iniciadas vulnera el principio de igualdad ante la ley al generar un trato desigual entre distintos procesos. En consecuencia, el magistrado resolvió descartar la aplicación de dicha norma y ordenó que el cálculo del crédito se realice bajo el criterio del artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo. Este sistema ajusta la deuda según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y suma un interés del 3% mensual desde que se produjo la mora hasta el pago efectivo, garantizando así una mayor preservación del valor real.

La resolución pone especial énfasis en la naturaleza alimentaria de los créditos laborales, destacando que estos gozan de una protección especial en el derecho argentino. El magistrado argumentó que cualquier mecanismo que disminuya significativamente el valor de estas deudas frente al avance inflacionario afecta principios constitucionales básicos, como la reparación plena y el carácter protectorio del sistema laboral.

Si bien esta sentencia se aplica al caso concreto analizado por el tribunal cordobés, la decisión sienta un precedente relevante que podría disparar nuevas impugnaciones judiciales contra la reforma. Si otros tribunales del país adoptan una postura similar, la discusión sobre la constitucionalidad de la ley escalará inevitablemente hacia instancias superiores, poniendo en duda la aplicación efectiva de uno de los pilares económicos de la modernización laboral.

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